Abogado de accidentes Madrid

El día 1 de julio del año 2015 entró en vigor una modificación del Código Penal que resulta de enorme interés para todos los conductores, tanto por las consecuencias que implica en el ámbito penal como por las variaciones que supondrá en los procedimientos a la hora de reclamar las indemnizaciones correspondientes. La contratación de un abogado de accidentes en Madrid y en el resto de la Comunidad de Madrid que sea especialista en la materia va a ser decisiva para obtener los mejores resultados posibles para los implicados.

Introducción y reforma legislativa

Una actividad tan habitual como la conducción, necesaria para muchas personas en su día a día, genera diariamente numerosos accidentes de tráfico en España. Dependiendo de distintos factores, la sucesión de hechos posteriores puede provocar situaciones incómodas para los afectados, incluidos engorrosos procesos que cualquiera preferiría evitar o, en todo caso, terminar lo más rápidamente posible.

Con la aprobación de la mencionada reforma, en este campo resulta de especial interés, como más adelante se profundizará, la eliminación de las faltas de nuestro Código Penal y el consiguiente cambio de procedimiento que sufrirán determinadas actuaciones al volante.

A continuación, les expondré las más importantes novedades que todo conductor debe conocer, así como una serie de consejos y un ejemplo práctico con el que les ilustraré en la manera en que se debe proceder para el supuesto en que sufra un accidente de tráfico.

Cuestiones legales a conocer si sufre un accidente de tráfico

La primera cuestión importante a conocer tras la profunda reforma es la eliminación de las faltas de nuestro Código Penal. Las faltas eran ilícitos penales de menor gravedad, con penas consecuentemente más leves y un proceso de enjuiciamiento muy rápido que facilitaba su pronta resolución. Con su supresión, las víctimas de accidentes de tráfico verán eliminada la opción de acudir a la vía penal, la cual era mucho más favorable para los intereses de la víctima.

La derivación lógica de ello es que los abogados de las víctimas deberemos calcular la indemnización por accidente de tráfico y tratar directamente con las aseguradoras a fin de satisfacer los perjuicios sufridos por nuestros clientes. Por eso es especialmente importante nuestro compromiso de procurar el mayor éxito posible a nuestros clientes.

Otra consecuencia de esta medida es la eliminación de la intervención de los forenses en estos procedimientos. La labor de los profesionales forenses en materia de accidentes de tráfico se puede resumir en la evaluación médica de las lesiones sufridas por la víctima, según la cual se puede calcular la indemnización por accidente de tráfico conforme al baremo que se publica anualmente en el Boletín Oficial del Estado.

Habiendo suprimido la nueva reforma su intervención en estos procedimientos, el abogado de accidentes de tráfico defensor de las víctimas debe encontrar las alternativas más favorables a los intereses de sus poderdantes, alternativas que deberán ser sopesadas en función de criterios prácticos y económicos.

Finalmente, las novedades incluyen también la supresión de la intervención del Ministerio Fiscal, de un modo tal, que la persecución judicial de la infracción de tráfico se torna prácticamente imposible, al menos en un gran porcentaje de los casos. De nuevo, esta modificación sigue orientando las actuaciones a un cara a cara entre la aseguradora y la víctima.

Por ello, la víctima deberá estar aconsejada y representada en todo momento por abogados con experiencia y que estén al corriente de todos estos cambios que suponen, por el momento, un antes y un después en la tramitación de los procedimientos por accidentes de tráfico.

En este sentido, el desequilibrio existente entre las grandes aseguradoras y las víctimas hace especialmente importante la contratación de profesionales jurídicos con experiencia en el sector, ya que, de otro modo, resultará excesivamente sencillo para las aseguradoras alcanzar sus objetivos.

Mi compromiso es procurar siempre el mayor beneficio y satisfacción de quien acude a mis servicios jurídicos, no solo desde un punto de vista económico (aunque, por supuesto, consideramos de gran importancia el resarcimiento de los daños y perjuicios sufridos por la víctima), sino temporal.

La forma de trabajar de mi despacho, tratando de gestionar con la mayor brevedad posible todos los trámites necesarios y realizando una atención personalizada, es la que marca la diferencia con otros gabinetes jurídicos, abogados de accidentes en Madrid y, por supuesto, con un abogado de oficio.

Abogado de accidentes Madrid: qué hacer si tiene un accidente

A continuación expongo un ejemplo de nuestra forma de trabajar, en el cual se puede apreciar la importancia de contratar un abogado experto en la materia, que lleve a cabo sus tareas de un modo diligente y cuente con experiencia en el ámbito de la negociación. Ello, además de ser un gran conocedor de las leyes aplicables y sus continuas modificaciones.

El día 4 del pasado mes de julio, el señor Evaristo R. N., de 39 años, acudió a mi gabinete especializado por haber sufrido un accidente de tráfico mientras circulaba. Un turismo colisionó con la parte posterior de su vehículo, ocasionándole diversos daños al automóvil y una lesión cervical temporal y de gravedad leve.

Centrándome en los daños corporales (pues los daños al automóvil fueron fácilmente resarcidos en el primer contacto con la contraparte), y teniendo en cuenta la exclusión del análisis forense de las secuelas ocasionadas, las vías que quedaban eran, o bien acudir a un proceso judicial, o bien negociar una indemnización con la aseguradora.

La vía judicial muchas veces es necesaria, pero todos sabemos que acostumbra a dilatarse en el tiempo y genera unos costes mayores para el perjudicado, por no hablar del inconveniente que supone acudir a la sede jurisdiccional en un momento en el cual posiblemente incluso la víctima del accidente requiera un tratamiento de rehabilitación.

Accidente de tráfico e indemnizaciones por lesiones resultados

Desde el gabinete intenté llegar a un acuerdo con la parte contraria que fuese satisfactorio para los intereses de Don Evaristo y, al mismo tiempo, fuese lo más breve posible, pues así nos lo había solicitado el propio cliente. Conozco el baremo aplicable en 2015.

Dicho baremo establece las indemnizaciones para daños corporales sufridos en accidentes de tráfico, y que, para este caso marca una indemnización que oscila entre los 789,93 € y los 4.331,02 €. La diferencia radica en la gravedad de la lesión, que antes de la reforma resultaba fácilmente cuantificable tras el análisis del médico forense.

Pues bien, gracias a mi intervención y a la colaboración que mantengo con distintos profesionales de diversos ámbitos, en un plazo inferior a un mes logré que D. Evaristo R. N. hubiera obtenido una calificación en la gravedad de su lesión cervical de 4 puntos(sobre un máximo de 5). Ello significa que obtuvo exactamente 3.402,96 € para su uso y disfrute, en un periodo de tiempo muy breve y ahorrándose las incomodidades y los gastos de acudir a un juicio.

No hay que olvidar que, aun en el caso de que se supiera a ciencia cierta que la lesión podía ser calificada como grado 5 y, por lo tanto, pudiera haber obtenido la cuantía máxima de indemnización, ello habría generado unos gastos a D. Evaristo que habrían convertido el procedimiento en una vía menos rentable de lo que resultó ser la negociación.

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