Abogados divorcios Madrid

Hoy en día la separación y el divorcio están al alcance de cualquiera, únicamente tiene que entender correctamente que significan estos dos términos, cuáles son sus diferencias y el procedimiento a seguir. Es por ello por lo que un buen bufete de abogados de Divorcios en Madrid es la solución para asesorarle y resolver las cuestiones que se le puedan plantear.

Son ya varias ocasiones en las que al entrevistarme con un cliente, lo que vienen buscando no es lo que buscan realmente. Un señor, Fernando R.M llegó hace unos 3 meses a mi despacho diciendo que quería separarse de su mujer cuando realmente después de asesorarle como abogado de divorcio lo que el quería era el divorcio.

Dejemos claro dos aspectos básicos: El primero que hoy en día no es necesario la separación previa al divorcio como se venia practicando con anterioridad y la segunda que simplemente con que haya transcurrido 3 meses desde la celebración del matrimonio usted puede separarse o divorciarse de su cónyuge, no es necesario el consentimiento de ambos.

Separación, Divorcio y Diferencias

De forma vulgar la separación consiste en desprenderse físicamente de su cónyuge, es decir de finalizar exclusivamente la vida en común con su pareja. Los matrimonios separados ante la ley siguen estando casados. No pueden volver a casarse de nuevo hasta tanto no se divorcien. Por el contrario el divorcio como le explico yo a mis clientes supone la ruptura del vínculo matrimonial, esto significa desligarse tanto física como económicamente de su pareja y única y exclusivamente puede ser decretado mediante sentencia.

Esto último es importante que lo entienda. La diferencia entre separación y divorcio es que la separación puede ser de hecho o de derecho sin embargo el divorcio únicamente puede ser de derecho. Entendemos por separación de hecho el acto de separase de su cónyuge sin tener que iniciar la vía judicial (Por ejemplo usted se va a vivir a Madrid y su cónyuge a Málaga y no tienen ninguna relación o contacto). En cambio cuando se habla de separación de derecho o judicial y de divorcio quiere decir que se inicia la vía judicial y tiene que decretarse mediante sentencia.

Requisitos comunes a la separación y el divorcio

Hay que tener en cuenta tres aspectos comunes para la separación y el divorcio judicial: En primer lugar se decretará cuando lo solicite un cónyuge sólo, los dos o uno con el consentimiento del otro;  En segundo lugar se decretará una vez hayan transcurrido 3 meses desde que se celebró el matrimonio y por último la separación y el divorcio por regla general se llevará a cabo en el partido judicial del domicilio conyugal.

Quiero dejar claro que la separación y el divorcio puede llevarlo a cabo sin necesidad de que su cónyuge esté a favor de hacerlo. Es cierto también que siempre si son ambos cónyuges o uno con consentimiento del otro el procedimiento será mucho más rápido. En segundo lugar, el plazo de los 3 meses no sería necesario cuando el cónyuge demandante pruebe que el matrimonio supone un riesgo para la vida, la integridad física o moral, la libertad e indemnidad sexual de él o de los hijos en caso de que los hubiere.

Por último, mencionar que el lugar de presentación de la demanda por regla general es el del partido judicial del domicilio conyugal, si los cónyuges viven en partidos distintos, el demandante en caso de vía contenciosa o los dos cónyuges de mutuo acuerdo elegirán entre el último domicilio del matrimonio o el domicilio del cónyuge demandado. Si la residencia del demandado no es fija sería el último lugar de residencia o el lugar donde se hallen a elección del demandante y, por último, si no se sabe el domicilio del demandado el lugar de residencia del demandante.

Clases de separación y divorcio. Procedimientos.

  • De mutuo acuerdo

Es la vía más sencilla y rápida de llevar a cabo la separación y el divorcio, y, como abogados de divorcios, se recomienda en el Despacho. Este caso se produce cuando ambos  cónyuges están de acuerdo en separarse o divorciarse. Se inicia presentando la demanda acompañada de un Convenio Regulador en donde se recoge lo estipulado por los cónyuges, es una especie de acuerdo donde se refleja en función de sus circunstancias la pensión compensatoria, la guardia y la custodia de los hijos, la pensión alimenticia y los gastos extraordinarios entre otras cosas.

En caso de que en la separación o divorcio haya hijos menores de edad se pronunciará el  Ministerio Fiscal en cuanto al Convenio Regulador establecido por los cónyuges ya que siempre interviene en caso de que los haya en cuanto a la guardia y custodia en función de la circunstancias de los padres, establecimiento del régimen de visitas, la pensión alimenticia y gastos extraordinarios de los menores.

Una vez admitida a trámite la demanda, se convocarán a los cónyuges para que vayan al juzgado a ratificar la demanda de separación o divorcio, esto consiste simplemente en ir al juzgado decir que si está de acuerdo a lo establecido en Convenio Regulador acompañado con la demanda y firmarlo. En muchas ocasiones no se hace en sala judicial sino en el juzgado en presencia del funcionario que lleva su expediente y del Secretario Judicial, por lo que no está el Juez presente. Por último hay que esperar a que se dicte sentencia.

En el caso de separación o divorcio de mutuo acuerdo es posible llevar a cabo la liquidación de la sociedad de gananciales incluido dentro del Convenio Regulador y consiste hacer un inventario de los bienes, derechos y obligaciones (casa, coche, préstamos, etc.) que tiene el matrimonio y repartirlos entre los cónyuges; opción que en la vía contenciosa no se puede llevar a cabo. Se tendría que iniciar otro procedimiento. Por lo que para los buenos abogados de divorcio es la vía perfecta para llevarlo a cabo.

  • De forma contenciosa

Esta forma es más compleja y puede dilatarse en el tiempo por el simple hecho de que los cónyuges no están de acuerdo. En este procedimiento de separación y divorcio con niños, es decir que haya hijos puede afectar bastante más ya que se dilata en el tiempo. Se inicia interponiendo la demanda por parte del cónyuge demandante, en donde se solicita la separación o el divorcio con respecto a la otra parte además de pedir en función de las circunstancias todas las pretensiones que hemos visto en el Convenio Regulador pero de forma unilateral.

Una vez admitida a trámite la demanda se le da traslado a la otra parte con un plazo de 20 días para que se conteste a la demanda diciendo si está de acuerdo y en caso de que no, exponer sus pretensiones. Una vez que se ha contestado a la demanda se fija fecha, día y hora para la celebración de la Audiencia previa, que es donde se va a fijar las cuestiones a debatir y la prueba que se va a practicar en el juicio y se fija en el mismo acto la fecha de celebración del Juicio. Se celebra el juicio y al tiempo se dicta sentencia.

No es lo mismo un procedimiento de separación en el que solo se pretenda la separación que otro en el que haya hijos y que liquidar la sociedad de gananciales.  O un procedimiento de divorcio en el que los cónyuges no están de acuerdo y se dilata en el tiempo. Por lo que no se puede establecer un precio exacto para contratar los servicios de abogados de divorcio pero si decir que oscilaría entre los 150€ y 2.500  en función de las circunstancias.

Caso real de la intervención de abogados de divorcios en Madrid

Una madre de familia, Fuensanta Isabel M.C, acudió hace 8 meses aquí a mi despacho de Abogados de Divorcios en Madrid preguntando que si para ella era mejor la separación o divorcio de su marido ya que llevaban desde hace un año viviendo cada uno en una ciudad diferente y sin ningún tipo de contacto. No poseían ningún bien en común, ya que habían vendido todo con anterioridad a la separación. Fruto del matrimonio nacieron 2 hijos, actualmente con 22 y 26 años ambos independientes económicamente.

Por lo que pude apreciar era un caso bastante claro, simplemente consistía en divorciarse dado que ella quería romper el vínculo matrimonial solamente no pretendía nada más. Los hijos eran económicamente independientes y no había ningún tipo de bienes. Le comenté que si se ponía de acuerdo con su marido se podría llevar a cabo un divorcio de mutuo acuerdo presentando la demanda de divorcio sin necesidad de acompañar Convenio Regulador alguno ya que no había ni que liquidar sociedad de gananciales ni pedir pensión alguna.

Ella me dijo que lo hablaría con su marido y que me llamaría. Al cabo de 2 días me comunicó que su marido quería hablar conmigo. Me puse en contacto con él, le explique las ventajas de hacerlo de mutuo acuerdo y me dijo que sí, por lo que me puse manos a la obra y presenté la demanda solicitando el divorcio. A la semana de la presentación de la demanda el Juzgado nos comunicó el día para ir a ratificar al juzgado. Acompañé a ella y a su marido a ratificar y una semana después se nos notificó la sentencia de divorcio.

Hoy en día ambos están muy  satisfechos además de que mi intervención como abogado especialista en divorcios supuso para Fuensanta Isabel M.C y su marido un ahorro de más de 500 €, además de la rapidez en la que lo llevé a cabo. Si no se hubieran llegado a un acuerdo, el divorcio se habría llevado a cabo por la vía contenciosa y a día de hoy todavía estaría tramitándose en el Juzgado. Además de haberles supuesto un precio mucho más elevado.

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